Saltar al contenido principal

Deducciones

Las deducciones son descuentos recurrentes u ocasionales que se aplican al salario del empleado, adicionales a las deducciones legales de CSS, Seguro Educativo e ISR. Incluyen embargos judiciales, pensiones alimenticias, seguros, cuotas sindicales y otros conceptos.

Ruta en el sistema: Planilla > Conceptos > Deducciones


Lista de Deducciones

La grilla muestra todas las deducciones activas con filtros por:

  • Empleado — Deducciones de un empleado específico
  • Tipo — Tipo de deducción
  • Estado — Activa o Inactiva
  • Frecuencia — Única, Quincenal, Mensual, Anual
ColumnaDescripción
EmpleadoNombre del empleado
TipoTipo de deducción
NombreDescripción de la deducción
MontoMonto fijo o porcentaje
FrecuenciaPeriodicidad del descuento
VigenciaFecha inicio y fin
ObligatoriaSi es un descuento obligatorio (embargo, pensión)
EstadoActiva o Inactiva

Crear / Editar Deducción

Tipo de Deducción

CampoRequeridoDescripción
EmpleadoSeleccione el empleado
Tipo de DeducciónVer tabla de tipos abajo
NombreNombre descriptivo (ej: "Seguro Médico Blue Cross")
DescripciónNoDetalle adicional

Tipos de Deducción

TipoDescripciónObligatoria
UniformeDescuento por uniformes proporcionadosNo
Seguro MédicoPrima de seguro médico privadoNo
Seguro de VidaPrima de seguro de vidaNo
EmbargoEmbargo judicial sobre el salario
Cuota SindicalCuota del sindicato al que perteneceDepende
PensiónPlan de pensión complementarioNo
Pensión AlimenticiaOrden judicial de pensión alimenticia
CooperativaCuotas de cooperativa de ahorroNo
Ahorro VoluntarioPlan de ahorro voluntarioNo
FaltanteDescuento por faltantes (caja, inventario)No
MultaMultas disciplinariasNo
OtroOtros tipos de deducciónNo

Frecuencia y Vigencia

CampoRequeridoDescripción
FrecuenciaÚnico (una sola vez), Quincenal, Mensual, Anual
Fecha InicioFecha desde la cual se aplica la deducción
Fecha FinNoFecha hasta la cual se aplica (vacío = indefinida)
ActivaSi la deducción está vigente

Cálculo del Monto

CampoRequeridoDescripción
Tipo de MontoFijo (monto fijo), Porcentaje (% del salario), Variable (monto varía)
Monto FijoCondicionalMonto en B/. (si tipo = Fijo)
Porcentaje del SalarioCondicional% sobre el salario bruto (si tipo = Porcentaje)
Monto MáximoNoTope máximo de deducción
Monto MínimoNoMonto mínimo de deducción
Monto ActualAutoMonto calculado para el período actual

Información para Embargos y Pensiones

Estos campos se habilitan cuando el tipo es Embargo o Pensión Alimenticia:

CampoDescripción
Es ObligatoriaMarcado automáticamente para embargos y pensiones
PrioridadOrden de prioridad de deducción (1 = más alta). Los embargos judiciales tienen prioridad sobre otras deducciones
Orden JudicialNúmero del expediente judicial o resolución
BeneficiarioNombre del beneficiario del embargo o pensión
Cuenta del BeneficiarioCuenta bancaria donde depositar
Puede Exceder % MáximoLos embargos judiciales pueden exceder el % máximo normal de deducción

Límites de Deducción

CampoDescripción
% Máximo de DeducciónPorcentaje máximo del salario que puede deducirse (por defecto: 100%)
Puede Exceder LímiteSolo para embargos judiciales que así lo ordenen

Reglas Legales sobre Embargos

En Panamá, las deducciones por embargos judiciales tienen reglas específicas:

Límites de Embargo
  • Pensión alimenticia: Tiene prioridad sobre cualquier otro embargo. No tiene límite porcentual (el juez determina el monto).
  • Embargos ejecutivos: Máximo el 30% del salario neto (después de CSS, SE e ISR).
  • Salario mínimo inembargable: No se puede embargar una cantidad que deje al trabajador por debajo del salario mínimo vigente.
  • Orden de prioridad: Si hay múltiples embargos, se aplican en el orden establecido por los juzgados.

Efecto en la Planilla

Las deducciones activas que coinciden con el período de planilla se incluyen automáticamente:

  1. Se evalúa la vigencia (fecha inicio ≤ fecha planilla ≤ fecha fin)
  2. Se calcula el monto según el tipo (fijo, porcentaje o variable)
  3. Se verifica que no exceda el límite máximo de deducción
  4. Se incluye como otras deducciones en el detalle de planilla
  5. Las deducciones obligatorias (embargos) tienen prioridad sobre las voluntarias

Buenas Prácticas

  1. Embargos primero — Siempre ingrese los embargos judiciales con la prioridad correcta
  2. Documente todo — Mantenga copia de las órdenes judiciales y autorizaciones
  3. Verifique vigencia — Desactive deducciones que ya no aplican
  4. Notifique al empleado — Active la opción de notificación para que el empleado esté informado
  5. Respete los límites — Asegúrese de que las deducciones totales no excedan los límites legales